Noticias

AFORO DE 50% Y NO PUDIENDO ADMITIR A CLIENTES A PARTIR DE LAS 22H.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado la ORDEN 1352/2020, de 15 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1234/2020, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid en ejecución de la Orden del Ministro de Sanidad de 30 de septiembre de 2020, por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública y se prorrogan determinadas medidas establecidas en la misma.

En lo que respecta a la hostelería y el juego dice lo siguiente:

Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y tendrán como hora de cierre legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y la recogida de comida por clientes para consumo fuera del local. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas».

Los municipios son Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

 

Sector del Juego

Más Noticias