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Pese a que en el anteproyecto y en el proyecto de la ley de Juego del Estado pirenáico no figuraban este tipo de producto, que en la norma andorrana son tipificados como recreativas con premio limitado, definitivamente estas máquinas podrán ser instaladas en el Bingo y sala anexa de este establecimiento que pueda operar en Andorra.

Así lo fija la ley del Juego andorrana, de la cual la revista Joc Privat (JP) se hace eco con amplitud en la edición lanzada coincidiendo con Fer Interazar (JP 265). Dentro de esta tipología no se incluyen las máquinas de videobingo, que asumen tipología como tales.

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