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La Orden, firmada por la vicepresidenta de la Junta, modifica el modelo 788 y recuerda que la cancelación en el Registro requiere el pago de tasa administrativa.

La comunicación de la Orden que rige a partir de hoy 12 de junio tiene incidencia en todo local que exija control de acceso por parte de la Junta en su ámbito jurisdiccional.

La petición y cancelación requiere del cumplimiento del Modelo 788. En el primer caso, una vez cumplimentado se dirigirá al órgano de gestión administrativo de la Junta y se adjuntará copia del DNI o documento equivalente; en el supuesto de cancelación tendrá los mismos requisitos, pero con la diferencia adicional de abonar una tasa administrativa, cuya copia del recibo deberá ser adjuntada en la realización del trámite. Igualmente también admite la figura del representante, aunque en tal caso éste precisará acreditar su condición.

 

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