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Vicent Peiró, director de Tributos y Juego de la Comunidad Valenciana

Hoy se ha celebrado reunión de la Comisión del Juego.

La Comisión del Juego de la Comunidad Valenciana ha celebrado hoy una reunión con la vista puesta en los proyectos de reglamento de bingos, salones y casinos.

El informe sobre el reglamento del bingo, para perplejidad de los representantes de este subsector, recoge la posibilidad de instalación máxima de 9 máquinas , una de ellas considerada multipuesto, en los distintos servicios de admisión de la sala. Un cambio respecto a la primera redacción del texto que permitía dos áreas de admisión con un total de 18 unidades, dos de ellas consideradas multipuesto.

Se ha minorado definitivamente el número de puestos de juego de 60%-40% a 70% para las modalidades del  juego del Bingo y el 30% para la práctica de los restantes juegos autorizados.

La Disposición Adicional 2º permite que solamente se autorizarán nuevas instalaciones de máquinas B especiales de Bingo multipuesto , cuando supongan un incremento del total de máquinas especiales de bingo autorizadas e instaladas en enero de 2015,  en cada local autorizado para la práctica del juego del Bingo. El resto han sido meramente correcciones de erratas.

Se ha modificado también a través del proyecto del Reglamento del Bingo, el art. 23.4 del Reglamento de Máquinas para la devolución de avales sin necesidad de esperar 2 meses desde su publicación en el DOCV y se ha eliminado la obligatoriedad de presentar cuentas anuales a las empresas operadoras de más de cien máquinas derogando el art. 21.3 Reglamento Máquinas.

En el proyecto del Reglamento de Salones, se va replantear y valorar la prohibición de la visibilidad exterior de la sala de juego, sobre todo en aquellos salones que no disponen de servicio de bar. Se permite visualizar la zona de servicio de bar. Se mantienen las distancias de 800 m a partir de su entrada en vigor.

En el proyecto de Reglamento de Casinos, ha habido correcciones de erratas art. 27.7 y 30.6 y se ha clarificado la licencia municipal de apertura o documento administrativo que la sustituya ( certificado de OCA´s) para las Salas Apéndice.

Dichos textos con sus modificaciones se remitirán al Consejo Jurídico Consultivo y una vez emita su informe preceptivo, serán objeto de aprobación por el Consell y publicación.

“Le hemos preguntado varias veces a Vicent Peiró (director general de Tributos y Juego de la Generalitat) por el motivo de la modificación de las máquinas. Y no nos ha respondido”, explican fuentes consultadas del bingo valenciano.

En estos términos, el proyecto de reglamento del bingo ha sido votado favorablemente por todos los órganos de la administración. Las asociaciones de máquinas y salones pretendían que el texto se retirase para renegociarlo posteriormente con el sector del bingo y consensuar una normativa definitiva a lo que éste se ha negado.

EJUVA, con el acompañamiento de ALEBIN y GREBIN, han votado favorablemente al proyecto de reglamento de salones y casinos.

“Es absurdo e injustificado la supresión de estas máquinas. Ambas asociaciones (ANESAR CV y ANDEMAR CV) han actuado en contra de sus compañeros y han escrito una de las páginas más negras de la historia del sector en la Comunidad Valenciana”, según fuentes consultadas del bingo.

Respecto a la ampliación de apertura en 5 horas de los bingos no ha habido ninguna variación, por lo que se mantiene una mayor franja horaria de los bingos para jugar a las máquinas.

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