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La ley de Mejora de los Procesos de Respuesta Administrativa a la Ciudadanía y para la Prestación Útil de los Servicios Públicos modifica el artículo 55.1.b) del Texto Refundido sobre Tributos Cedidos por el Estado aprobado por decreto legislativo 1/2018, de 10 de abril.

La medida no afecta al tipo aplicable a las modalidades de bingo interconectado y bingo simultáneo, que sigue siendo del 18%. La novedad se concentra en el tipo del bingo electrónico que estaba tipificado en el 25% que a partir de mañana 1 de diciembre se situará en el 20%.

La novedad tributaria aparece recogida en el artículo 45 de la citada ley que apareció publicada en el DOE de ayer 29 de noviembre.

El texto legislativo justifica la decisión en «la equiparación del tipo que se ha implantado en otras comunidades y en compensar a los establecimientos de Bingo que se han visto muy afectados por los efectos de la Covid19 por el cierre y reducciones de aforo de los mismos»

Igualmente señala que «la rebaja del tipo del gravamen del bingo electrónico pretende ayudar a la recuperación del sector al proporcionarle mayor margen a premios y recobrar el nivel de actividad anterior a la crisis sanitaria».

 

JOC PRIVAT

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