La actual composición de la Comisión del Juego de las Illes Balears no presenta la paridad suficiente entre los representantes de las organizaciones empresariales y representantes de las organizaciones sindicales, por lo que se ha hecho necesario proceder a su modificación.
Para ello se ha modificado el Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, en concreto, la letra d del artículo 4.1, que queda redactada como sigue:
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d) Vocales:
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Un representante del sector empresarial de casinos de juego.
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Un representante de las asociaciones empresariales de bingos.
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Un representante de las asociaciones empresariales de salas de juego.
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Un representante de las asociaciones empresariales de máquinas recreativas.
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Un representante del sector empresarial de apuestas.
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Cinco representantes de los trabajadores del sector del juego, propuestos por las organizaciones sindicales más representativas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
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Un representante de las asociaciones o entidades que tengan, entre sus finalidades, la atención, la asistencia o el tratamiento de las patologías asociadas a la adicción al juego.
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Un representante de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.
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Un representante de la dirección general competente en salud pública.
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Un representante de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears.
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Un representante del Consejo Insular de Mallorca.
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Un representante del Consejo Insular de Menorca.
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Un representante del Consejo Insular de Ibiza.
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Un representante del Consejo Insular de Formentera.
Todo ello queda recogido en el Decreto 43/2016, de 15 de julio, por el que se modifica el Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, por el que se crea y se regula la Comisión del Juego de las Illes Balears, publicado en el BOIB con fecha 16 de julio de 2016.
TODOELJUEGO.COM 18.07.2016