PUBLICADO EN EL BOPA.
El Boletín Oficial del Principado de Asturias ha publicado el Acuerdo de 8 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la CoVId-19, en el territorio del Principado de Asturias.
Relativo al juego dice lo siguiente:
Los espacios interiores donde el uso de mascarilla no se puede garantizar de forma permanente por todos los trabajadores, usuarios o clientes o sea incompatible con la actividad, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) disponer de sistemas de medición e información de la concentración de CO2 de medidores de CO2 en los espacios cerrados, colocados en un lugar visible y lejos de ventanas o salidas del recinto, con un control periódico para confirmar que se mantiene por debajo de 800 ppm.
Se debe garantizar que la concentración de CO2 no supere en ningún momento las 800 ppm, siendo, no obstante, conveniente tratar de mantener dicha concentración por debajo de 700 ppm. En caso de superarse, se incrementará la ventilación natural o forzada y/o será obligatorio reducir el aforo hasta que la concentración de CO2 se sitúe por debajo de este indicador para reducir así el riesgo de transmisión.
b) En el caso de no disponer de un sistema de control de niveles de CO2 se debe garantizar en todo momento una distancia de 1,5 metros entre distintos grupos de convivencia estable.
4. Los establecimientos que a continuación se detallan deberán necesariamente cumplir la letra a) del subapartado anterior:
a) discotecas y locales de ocio nocturno.
b) Establecimientos y locales de juego y apuestas.
c) En la realización de celebraciones, los establecimientos de hostelería y restauración y otras instalaciones para servicio de catering.
d) Cuando por el titular de la actividad se permita el consumo de bebidas y comidas por parte del público, instalaciones deportivas, cines, teatros, auditorios, circos de carpa, espacios similares y otros recintos destinados a actos y espectáculos culturales.
Sector del Juego