CON UNA REDUCCIÓN PROPORCIONAL A LOS 12 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE CON LA ERUPCIÓN.
El Boletín Oficial de Canarias ha publicado el DECRETO ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Respecto al juego señala lo siguiente:
Artículo 8.- Cuotas fijas de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos.
1. En la autoliquidación trimestral de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, devengada el día 1 de julio de 2021, cuya ubicación autorizada, en el momento del devengo, se encuentre en la isla de La Palma, serán objeto de declaración e ingreso por parte de los obligados tributarios las siguientes cuotas fijas:
1. Máquinas tipo “B” o recreativas con premio:
A) Cuota trimestral: 783,00 euros.
B) Cuando se trate de máquinas en las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea y siempre que el juego de cada uno sea independiente del realizado por otros jugadores, serán de aplicación las siguientes cuotas trimestrales: a) Máquinas o aparatos de dos jugadores: dos cuotas con arreglo a lo previsto en la letra A) anterior.
b) Máquinas o aparatos de tres o más jugadores: 1.392,00 euros, más el resultado de multiplicar por 650,00 el producto del número de jugadores por el precio máximo autorizado para la partida.
2. Máquinas de tipo “C” o de azar.
Cuota trimestral: 1.091,25 euros.3. En caso de modificación del precio máximo de 20 céntimos de euro autorizado para la partida en máquinas de tipo “B” o recreativas con premio:- La cuota tributaria de 783,00 euros de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, se incrementará en 19,57 euros por cada 4 céntimos de euro en que el nuevo precio máximo autorizado exceda de 20 céntimos de euro.
2. Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia tributaria a modificar el importe de las cuotas fijas de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, devengadas el primer día de cada trimestre natural, para tener en cuenta los períodos de suspensión y restricción de la actividad del juego en cada trimestre como consecuencia de la actividad volcánica de La Palma.
Sector del Juego